En razón de los precedentes considerados, este Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos de índole laboral incoase el ciudadano : CRISTINA GUILLEN, en contra de la demandada COLEGIO J.M. SISO MARTINEZ, C.A., ordenando el pago de la suma de SIETE MIL SETENTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON CERO SIETE CENTIMOS (Bs.F. 7.071,07), a favor del accionante, por los montos señalados en la parte motiva de la presente decisión. Así mismo se ordena el pago de la indexación monetaria y los intereses moratorios de la cantidad condenada según los parámetros establecidos ut supra.
Dada la naturaleza del fallo por no haber vencimiento total no hay condena en costas según lo est.....