Así visto el escrito de transacción cursante de los folios 16 al 21 y presentado por el abogado JUAN NETO, IPSA Nº 117.066, asistiendo a la parte oferida RICARDO JOSE HERNANDEZ HERNANDEZ, titular de la C.I. V-19.478.865. Y el abogado CAROLINA GUZMAN, IPSA N° 131.031, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente SERVICIO TECNICO SANTA TERESA, C.A., y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.20.000,00), la cual fue pagada mediante un cheque del Banco Plaza, N° 00000335, de fecha 25-04-2013, y que ya le fue entregado al trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo.....