Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 14-02-2013, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así visto el escrito de transacción presentado por la parte actora FREDDY RAMON VEGAS, titular de la C.I. V-3.407.758, acompañado de su apoderado abogado AUGUSTO PEREZ, IPSA Nº 17.978, y firmado por el representante legal de la demandada DISTRIBUIDORA VISALOK, C.A., Abogada FELIX FIGUEROA, IPSA N° 29.441, mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs.F.35.000,00), que fueron cancelados mediante cheque del Banco Provincial, Nº 00062804, de fecha 07-02-2013, a nombre del trabajador, con lo qu.....