Así visto el escrito de transacción cursante de los folios 14 al 20 y presentado por los ciudadanos MICHELLE ANGELA FIORE GUTIERREZ, Titular de la C.I. V-20.791.500, parte oferida asistida por el abogado NOSLEN TOVAR, IPSA Nº 112.059. Y el abogado JESUS LEOPOLDO, IPSA N° 97.802, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente ALIMENTOS CON SABOR 2007, C.A., y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs.2.351,11), la cual fue pagada mediante cheque del Banco Banplus, N° 12003067, que fue ya entregado en fecha 13-11-2012, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto .....