Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 14 al 25 y presentado por la ciudadana ANA GUEVARA, titular de la C.I. V-6.446.567, asistida por la abogada GABRIELA GUEVARA, IPSA Nº 196.469, en su carácter de parte oferida y la oferente BANCO DEL CARIBE C.A. BANCO UNIVERSAL, en la persona del abogado VANESSA MONTILLA, IPSA Nº 112.914, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de CIENTO NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.193.371,87), la cual fue pagada mediante 2 cheques de gerencia del Banco del Caribe, el primero Nº 53936617, fecha 10-07-2013, por Bs. 61.817,74, que ya le fue entregado al trabajador, y el segundo Nº 69236780, de fecha 26-07-2013 por Bs.131.554,13, a nombre del trabajador en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado est.....