Así visto el escrito de transacción cursante de los folios 13 al 20 y presentado por el ciudadano RAUL BULLON, Titular de la C.I. V-16.871.484, parte oferida asistida por el abogado MARIA GARCIA, IPSA Nº 195.195. Y la abogada MARIA BEGOÑA, IPSA N° 105.131, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente SERVICIOS TOLDECA, C.A., y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA CINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.3.465,95), la cual fue pagada mediante un cheque del Banco Provincial, N° 03770900, de fecha 03-04-2013, y que ya le fueron entregados al trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con.....