En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO presentado por la parte actora ciudadano RICARDO JOSE PEREZ OQUENDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.821.885, ya identificado en el cuerpo de esta decisión.-