En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que fue expuesto, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo y en virtud de que el pago acordado fue recibo por la parte actora en fecha 21 de mayo de 2008, se ordena el cierre y archivo del presente expediente.-