(...) En consecuencia, este Tribunal Trigésimo (30°) de Primera Instancia Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: por cuanto el convenimiento de pago celebrado entre los ciudadanos HECTOR EDUARDO MORRILLO LOPEZ, titular de la cédula de identidad No. 11.228.820, debidamente asistido en dicho acto por la abogada : NATACHA MIJARES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 121.117, en representación de la empresa UNIVERSAL SOFTWARE HOUSE, CA, y la representación judicial de la parte actora ciudadana DAYANNA NAVARRETE, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 97.252, no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 89, numeral 2° de la Carta Fundamental, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACION, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA (...)