(...) En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre parte demandada sociedad mercantil DIPLOELCA, C.A. y el ciudadano RICARDO JOSE VIERA GARCIA, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos. Asímismo, se ordena la entrega de los escritos de pruebas consignado en la Audiencia Preliminar, se da por terminado el presente asunto, se ordena el archivo definitivo y su cierre informático.-
El Juez
Abg. Juan Carlos Medina Cubillan
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