"(...) este Tribunal le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, salvo lo ut supra indicado, cuyo monto fue por UN MILLON CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (Bs. F. 1.128.136,19); de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (...)"