(...) Tal situación, en criterio de quien aquí Juzga, no configura en modo alguno el supuesto de hecho previsto en el artículo 131 del Código Adjetivo Laboral, como pretende la representación actora que sea declarado, por cuanto quien asistió a la celebración de la audiencia preliminar, fue la persona que el accionante señalo en su libelo para que se presentara en el juicio en representación de la empresa demandada, por lo que en consideración a tales hechos este Tribunal NIEGA LA SOLICITUD HECHA POR LA REPRESENTACIÓN ACTORA DE DECLARACIÓN DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS en el presente juicio, por no haberse materializado el supuesto normativo que haga aplicable la consecuencia jurídica prevista en el artículo 131 ejusdem,. ASÍ SE DECIDE.-(...)
Por otra parte, y con relación a la apelación hecha por la representación judicial de la actora, contra el acta de fecha 02 de abril de 2007, este Tribunal NIEGA dicha apelación en virtud de ser la misma un acto de mero trámite del proceso, y por.....