"(...) este Tribunal Trigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE LA IMPUGNACIÓN DE EXPERTICIA formulada por el abogado HENRY SANABRIA, apoderado judicial de la parte demandada, en virtud de lo cual se ratifica la experticia presentada en fecha 28 de marzo de 2012. (...)"