Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente causa, y en consecuencia declina la competencia a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo del Área Metropolitana de Caracas, ordenándose remitir mediante oficio el presente expediente