este Juzgado Trigésimo Primero 31 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, luego de vistas las exposiciones de las partes, y visto el animo conciliatorio de llegar a un acuerdo amistoso, declara la SUSPENSIÓN DE LA MEDIDA DE EMBARGO ordenada, en consecuencia, HOMOLOGA el presente acuerdo suscritos por ambas partes y en los términos antes señalados