1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada entre las partes, en el juicio que por motivo de ENFERMEDAD OCUPACIONAL, DAÑO MATERIAL Y DAÑO MORAL, sigue el ciudadana YANEIRIS MOYA GARCÉS en contra de la entidad de trabajo FÁBRICA DE BIZCOCHOS ROMA C.A. (ambas partes suficientemente identificadas) y en consecuencia, se le imparte el carácter de Cosa Juzgada, a dicho mecanismo de autocomposición procesal, en los términos explanados en la presente decisión.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
3.- SE ORDENA que en auto por separado se de por terminado y se acuerde el archivo definitivo, una vez que este firme la presente decisión.-
4.- NOTIFÍQUESE A LAS PARTES del presente fallo.-