En consecuencia, ambas partes declaran que desisten en este acto de toda acción y procedimiento, cualquiera que sea la calificación jurídica que pudiera corresponderle, derivada o no de la relación laboral y de la que los vinculó, dando a esta Composición Procesal el carácter del más absoluto finiquito. SEXTA: Ambas partes convienen en dar a la presente TRANSACCIÓN LABORAL el valor de COSA JUZGADA, por lo que en este mismo acto las partes solicitamos del ciudadano Juez de este tribunal se sirva HOMOLOGAR la presente TRANSACCIÒN LABORAL, de conformidad con lo expuesto en el artículo 3 Parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 1713 del código Civil y articulo 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En este estado, el Tribunal vista la exposición de ambas partes observa: (1) que ellas versan sobre los derechos litigiosos; (2) que constan por escrito; y (3) que contienen relaciones circunstanciadas de los hechos que la motivaron así.....