este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda por cobro de prestaciones sociales, que interpuso la ciudadana LIZ ORIANA URBUNA LUCERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, portador de la cédula de identidad No. V- 19.820.925, contra a la asociación civil "UNIDAD EDUCATIVA NUEVA GENERACIÓN BOLIVARIANA" se ordena, el pago a la demandada por los conceptos cuyos montos serán calculados mediante una experticia complementaria del fallo, a cargo de un experto contable designado mediante sorteo. Para lo cual deberá 1.-. El experto calculará la antigüedad correspondiente del período laborado, con sus días adicionales que le correspondan y los intereses de mora por la falta de pago, de la prestación de antigüedad. 2.- El experto deberá calcular las vacaciones y el bono vacacional, correspondiente al periodo laborado 3). 4.- El experto calculará las utilidades y las utilidades fraccionadas al periodo labora.....