Por las razones que anteceden, este Tribunal, Trigèsimo Primero (31º) de Primera Instancia de Sustanciacion, Mediaciòn y Ejecuciòn del Circuito Judicial Laboral del Area Metroplitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, procede a impartir la homologación del desistimiento formulado por el ciudadano JOSE ENRIQUE DI FLAVIANO DE CARO, portador de la cédula de identidad No. 6.730.411, debidamente asistido por el abogado LUIS REINALDO ZAMORA, e inscrito en el INPRE bajo el No. 51.518. Así se establece.-
No hay condenatoria en costas.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia, cuya labor estará a cargo de la ciudadana Secretaria de este Tribunal.
Se ordena la publica.....