La transacción celebrada que nos ocupa no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en consecuencia vista la solicitud, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA