Vista la diligencia suscrita por la abogada ARIANA EMILIA CABRERA ACEVEDO, inscrita el Inpreabogado Nº 219.359, mediante la cual desiste de la oferta real de pago, presentada en fecha 09 de abril de 2014, a favor del ciudadano ANDAS TOTH, en consecuencia, este Tribunal homologa el presente desistimiento, en los términos expuesto por la oferente, y ordena el archivo y cierre del expediente.