(...)este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia y por autoridad de la Ley, NIEGA la HOMOLOGACION al escrito presentado por ser contrario a derecho. Asimismo, se deja constancia que en el escrito supra la parte OFERENTE a través de sus apoderadas judiciales realizó a la parte OFERIDA un pago por los conceptos y cantidades mencionadas en esa transacción, por la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON ONCE CENTIMOS (Bs. 487.484,11). Pagados mediante 1.- Cheque No Endosable Nº 00031262 del Banco Venezolano de Crédito 23 de mayo de 2016, a nombre de la parte OFERIDA, ciudadano ANTONIO URBANEJA, por la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. 298.443,30) y Cheque No Endosable Nº 00022412 del Banco Venezolano de Crédito 24 de mayo d.....