El Juez, vista la presente transacción de la parte actora y el abogado del demandado, todos plenamente identificados, facultados para transar, y en la cual el demandado hará entrega en los términos anteriormente señalados, identificados así: por la cantidad de Bs. 4.000.000,00, por lo cual este Juzgado constatando que se ha dado cumplimiento a los extremos a que se contrae el artículo 9 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA la transacción en los términos expuestos por las partes, con los efectos de cosa juzgada del modo en que lo prevé el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con el artículo 10 de su Reglamento. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, este Tribunal, de conformidad con la previsión legal contenida en el numeral 3º del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, otorga la anuencia necesaria para que se proceda a su expedición por Secretaría. Asimismo, este Tribunal procede en este acto a devol.....