En consecuencia, este Tribunal, POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana y las leyes vigentes; HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional en los términos expuestos por las partes, dándole efecto de COSA JUZGADA, se ordena agregar a los autos el
presente escrito. Igualmente, se dará por terminado este procedimiento ordenando el archivo y cierre informático del expediente.
Por otra parte se acuerda expedir por secretaria un (01) juego de copias certificadas, previa consignación de las copias simples, de la transacción, y del presente auto de homologación de conformidad con los artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se Establece
La Juez
ABG. CARMEN BEATRIZ SEGURA
La Secretaria
Abg. Joanna Capuano