En consecuencia, examinada la descrita transacción, se procede de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 258, a impartir su HOMOLOGACION, al escrito transaccional. Asimismo la parte demandada y demandante, solicitan copia certificada de la presente transacción, las cuales se acuerdan, previa consignación de las copias simples. Igualmente, se dará por terminado este procedimiento una vez se cumpla el pago acordado, ordenando el archivo y cierre informático del expediente. Así se Establece.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ
CARMEN BEATRIZ SEGURA
APODERADO JUDCIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDCIAL DE LA PARTE DEMANDADA
SECRETARIA .....