En este estado, en virtud de lo expuesto por la parte actora, quien decide, aplicando los principios constitucionales de celeridad, tutela judicial efectiva y debido proceso, declara terminado el proceso, ordenando el archivo del mismo, de igual manera el despacho le imparte la HOMOLOGACIÓN al acuerdo antes celebrado dándole efectos de la Cosa Juzgada, toda vez que el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden publico. Antes de finalizar la representación judicial de la parte actora y demandada solicitan dos (02) copias certificadas de la presente acta, acordando las mismas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman libre de todo apremio y coacción: