Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano REINALDO JOSE MANRIQUE contra la sociedad mercantil SEGURIDAD VIP 3000, C.A. SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada pagar al actor la cantidad de DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 12.737,52) por los conceptos condenados en la motiva del presente fallo.-