En este estado, solicita el derecho de la palabra el ciudadano Jhonel Benedicto Peña Mendoza, quien expone que desiste del presente procedimiento por cuanto la Universidad Bolivariana de Venezuela, le cancelo todos sus derechos y conceptos reclamados por ante la Inspectoría del trabajo, es todo. En este estado, y como consecuencia de lo antes dicho, esta juzgadora en cuenta que la parte actora actúa libre de constreñimiento alguno y debidamente representado por su apoderado judicial Homologa el desistimiento manifestado en los términos antes indicados y declara terminado el proceso, ordenando el archivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman: