Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la impugnación ejercida por el apoderado judicial de la parte demandada contra la experticia complementaria del fallo consignada en fecha 30 de septiembre de 2014. SEGUNDO: SE ORDENA a la ciudadana IRIS MARGARITA PEA CAMPOS, y a las empresas CAMPOS& CAMPOS BIENES Y RAÍCES C. A. y CAMPOS& CAMPOS REAL STATE C.A. a pagar al ciudadano RAÚL JOSÉ GARCÍA SALAS la cantidad de Bs. 96.152,84, todo ello en acatamiento a los parámetros establecidos en la sentencia de fecha 18 de julio de 2014, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.-