este juzgado se abstiene de declarar iniciada la audiencia preliminar, y, en aras de garantizar el debido proceso y derecho de defensa de las partes repone la causa al estado de admitirla en contra de ESTACIONAMIENTO MASBER, SRL, y solidariamente los ciudadanos Oscar Berbal Conchado, Gerardo Bernal Conchado y José A. Miranda, los cuales deberán ser notificados a los fines de la celebración de la audiencia preliminar al décimo (10°) día hábil siguiente a que conste en autos la certificación del secretario de haberse cumplido con la última notificación practicada, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 126 de la Ley Adjetiva del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman: