En consecuencia, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, procede a impartirle la HOMOLOGACIÓN a la presente transacción en los términos expuestos, y así se decide.- Por cuanto se encuentra pendiente la presente causa en lo que respecta al ciudadano JEAN INFANTE, el cual no pudo asistir a la celebración, se fija una nueva audiencia conciliatoria, para el día 25 de marzo de 2014, a las 3:00 pm.- Finalmente este Juzgado acuerda de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del art. 21 de la LOPT, acuerda expedir las copias certificadas, instándose a las partes que consignen las copias simples de la misma. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-