CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana MORELLA DEL CARMEN FERMÍN contra la empresa PUBLICIDAD VEPACO C.A., ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora, los siguientes conceptos: 1) Prestación de antigüedad, en consideración a la vigencia de la relación de trabajo entre el día 2 de junio de 2008 al 11 de febrero de 2010, es decir, un año, ocho meses y nueve días, le corresponden 87 días, incluyendo los días adicionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, para su cuantificación se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo, tomando como base de cálculo el salario percibido en el mes correspondiente, más la alícuota de utilidades sobre la base de 60 días de salario anual de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo y la alícuota de bono vacacional, sobre la base de 15 día.....