Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el ciudadano VÍCTOR JOSÉ VÁSQUEZ ABREU, contra la Providencia administrativa Nº 00426-2016, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, correspondiente al expediente administrativo Nº 027-2016-01-00436.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena notificar la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto la presente decisión ésta siendo publicada fuera del lapso de ley, se ordena la notificación de todas las partes intervinientes en el proceso, en el entendido que una vez se consigne en el expediente la notificación de la Procuraduría, y el resto de las notificaciones comenzará a computar el lapso de suspensión de treinta (30) días hábiles.....