TERMINADA la incidencia de tacha y desechado el instrumento marcado "M" cursante al folio 31 de la pieza principal del expediente, en virtud de la no comparecencia del presentante del instrumento (parte actora), de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo 85 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano FRANKLIN MEDINA GONZALEZ contra la empresa ATITEL VENEZUELA, C.A. TERCERO: No se condena en costas a la parte actora, en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto devengaba menos de 03 salarios mínimos actuales. Así se decide.