Promovió la prueba de informes dirigida al Instituto Autónomo de Ferrocarriles del Estado (IAFE), a los fines de que confirme y se demuestre que todas las documentales consignadas copias con el presente escrito de promoción de pruebas. Al respecto este Tribunal niega su admisión conforme a lo establecido en los artículos 75 y 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto no cumple con los requisitos de admisibilidad, en virtud que la prueba de informes persigue la obtención de información que conste en documentos, libros, archivos u otros papeles que se hallen en oficinas públicas, bancos, asociaciones gremiales, sociedades civiles o mercantiles e instituciones similares que no sean parte en el proceso; mas no ratificar documentales consignadas por la parte. Así se establece.