Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano FERNANDO JODRA TRILLO, titular de la cédula de identidad No. 23.682.132, en contra de las entidades TECNOLOGÍA SMARTMATIC DE VENEZUELA C.A., SEGUNDO: No se condena en costas debido a la naturaleza del fallo.
CUMPLASE, REGISTRASE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA ANTERIOR DECISION.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEXTO (6°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en ésta ciudad a los trece (13) días del mes de noviembre de dos mil dieciocho (2018). Año 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZ,
BELKIS G. COTTONI DIEPPA.
LA SECRETARIA,
HEIDY GUAICARA.
En la misma fecha 13 de noviembre de 2.018, previo el cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó, diarizó publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
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