CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano ROBÍN AUGUSTO BELLO contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO, ambas partes identificadas en autos. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos, tomando en cuenta un tiempo de servicios comprendido desde el día 1 de octubre de 2008 hasta el día 13 de marzo de 2009: 1- Prestación de antigüedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, la cantidad de 10 días a razón del salario integral Bs.F 50,035 (Bs.F50,00 de salario diario + 0,019 de alícuota de bono vacacional + 0,016 de alícuota de utilidades), lo que arroja la cantidad de Bs.F 500,35, así como el pago de sus respectivos intereses. 2- Utilidades correspondientes al período 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo, la fracción de 2,5 días, a razón d.....