En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN ALEGADA POR LA PARTE DEMANDADA. SEGUNDO SIN LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana IRANIA ORTEGA contra HOTEL LAS AMERICAS C.A ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. TERCERO: No hay condenatoria en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo