Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el ciudadano José Félix Ramírez Rivas, contra la Providencia administrativa N° 0296-2015, de fecha 04/06/2015, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Miranda Este, correspondiente al expediente administrativo Nº 027-2014-01-03039.
SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo señalado, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital Sede Norte, correspondiente al expediente administrativo Nº 027-2014-01-03039.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Se deja constancia que el lapso (cinco días de despacho conforme al artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día, en el cual conste en autos la ultimas de las notificaciones aquí ordenadas.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo .....