Declara:UNICO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar planteada por los abogados LEON FELIPE CAMPOS SANCHEZ, HAYDE JOSEFINA MONTALVO RODRIGUEZ Y RUBEN DARIO BASTIDAS, inscritos en el I.P.S.A Nos 129.843, 202.171 y 209.447 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano CARMELO DE JESUS NAVARRO ADELLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.336.149, en contra de la Providencia Administrativa dictada en el expediente No. 027-2016-01-07056, de fecha 01-02-2018, por la Inspectoría del Trabajo Miranda Este del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Sin Lugar el reenganche y pago de salarios caídos, intentada por el ciudadano CARMELO DE JESUS NAVARRO ADELLAN.
Se deja constancia que el lapso – cinco (5) días de despacho – para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive.-
Publíquese y regístrese en el diario (SISTEMA JURIS 2000).
Dada, firmada y sellada en la sed.....