DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS , Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos CARLOS EDUARDO MARCIAL BESONES, FRANCISCO JOSE RODRIGUEZ MATA y JHONNY EDUARDO CARIEL PEREZ contra CONDOMINIO PRADO HUMBOLDT, partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena a la accionada a cancelar a los actores los conceptos discriminados en la parte motiva. TERCERO: Se ordena el pago de los intereses moratorios, cuya determinación se realizará mediante experticia complementaria del fallo, la cual se ordena realizar sobre el monto total ordenado a pagar, desde la fecha de terminación de la relación laboral, esto es, desde el 30/11/2005, hasta la ejecución del pres.....