DISPOSITIVO
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad alegada por la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpusiera la ciudadana MONICA CLOTILDE LUCIA PERCOCO ZIELLI contra COLEGIO ST. GEORGE, S.R.L, ambas partes ya identificadas.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora, por haber resultado totalmente vencida.
CUARTO: Se ordena la notificación de las partes, por cuanto la presente decisión ha sido publicada fuera del lapso legal, debido al reposo médico de la Juez que preside este Tribunal, desde el 19 de septiembre al once (11) de octubre del presente año, debidamente convalidado por el Servicio M.....