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DISPOSITIVA
Este Juzgado Séptimo de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los términos siguientes: PRIMERO: Declara SIN LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCION de la acción, que fuera invocada por los Apoderados Judiciales de la parte demandada y codemandada, Ello, con fundamento a los razonamientos ya expresados. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos VICTOR DI MARCANTONIO FIGUEROA Y CLAUDIA MARGARITA ARRIETA GUERRA en contra de las Sociedades Mercantiles BAR RESTAURANT LA GIRALDA C.A Y BAR RESTAURANT LA CHALANA, C.A." , ya identificados . TERCERO: En consecuencia, se condena a las co-demandadas sociedades mercantiles BAR RESTAURANT LA GIRALDA, C.A Y BAR RESTAURANT LA CHALANA, C.A" , en las personas de sus respectivos representantes legales, al pago de las cantidades dinerarias que por.....