En consecuencia, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a dictar sentencia en los siguientes términos: Declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS HERRERA RODRIGUEZ contra CORPORACIÓN DE EMPRESAS DE PRODUCCION Y SERVICIOS, (CORACREVI), ambas partes suficientemente identificadas en autos y se ordena a esta última a reenganchar al demandante a su puesto de trabajo, es decir Consultor Jurídico, en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su despido ilegal y a cancelarle los salarios caídos sobre la base del salarios de Bs. 1.600.000,00, desde la fecha de notificación de la demanda hasta su efectivo y legal reenganche, más los aumentos legales (Decretos del Ejecutivo Nacional), contractuales o convencionales que pudiera
corresponderle, si fuere el caso, respetando el.....