"........ DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo, este Juzgado Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: PRIMERO: Desestimada la impugnación realizada por la representación Judicial de la parte actora abogado IVAN OJEDA en fecha 07 de febrero de 2014, en contra de la Experticia realizada y presentada por la LIC. GILDA GARCES, revisada por los auxiliares de justicia FRANCISCO ANTONIO VILLEGAS y JOSÈ RAFAEL HERRERA, de profesión Economista y Administrador Contador respectivamente inscritos en sus respectivos colegios bajo los números: 1.291 y 32.812 respectivamente. Se establece que de dicha revisión se confirmo en su totalidad la experticia presentada por la LIC. GUILDA .....