.......CUARTA: En virtud de lo expuesto el monto total a cancelar es CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON TRECE CENTIMOS (Bs. 51.289,13), que será pagado el día miércoles cinco (5) de febrero de 2014 en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales laborales, mediante dos cheques uno por la cantidad de BS. 35.902,26 a nombre de JOSE CRISPULO MARQUEZ, y otro por la cantidad de BS. 15.386,74 a nombre de la Dra. MARIA YUPANQUI
SEXTA: En virtud de que la presente TRANSACCIÓN tiene los efectos de finiquito de la relación laboral, con forma de transacción laboral conforme a los términos y alcance contenidos en las normas de los artículos 89, numeral 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabadores y Las Trabajadoras y 11 del Reglamento de esta última, ambas PARTES lo entienden y aceptan con carácter de cosa juzgada y así lo hacen constar y certifican con sus respectivas firmas .....