En consecuencia, es forzoso para este Juzgador declarar SIN LUGAR LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN, consignada en fecha 29 de octubre de 2015, por el ciudadano CESAR FREITES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 108.271, en su carácter de apoderado judicial de SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA S.A, parte oferente en este proceso, y por la otra, la ciudadana MARIANA BRASCHI, venezolana, titular de la cédula de identidad número 12.555.353, asistida por el ciudadano PEDRO VILELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 119.708.
Se deja constancia del pago realizado por la parte oferente SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA S.A, a la parte oferida ciudadana MARIANA BRASCHI, venezolana, titular de la cédula de identidad número 12.553.353, por la cantidad de DIECISIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs 17.000.000), mediante cheque librado contra el Banco Provincial, identificado con el Nº 07827187, de fecha veintisiete (27) de octubre de 2015.