En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la empresa "REPRESENTACIONES NOLVER, C.A.", y la ciudadana MARIBEL CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° 12.385.866, por la cantidad de SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN BOLÍVARES CON 56/100 (BS. 728.481,56), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos. Este Juzgado acuerda copias certificadas solicitadas de conformidad a lo establecido en el artículo 21 numeral 3ero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; instando a las partes a consignar las copias simples correspondientes a los fines de su certificación. Se dará por terminado el presente asunto una vez vencido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la public.....