En consecuencia, este Juzgado Trigésimo Noveno (39) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada entre el ciudadano JOSE ALBERTO PRIETO QUINTERO, inscrito en el inpreabogado bajo el número 99.324, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JOSÉ MANUEL SERRANO MONTOYA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 3.981.705, y por otra parte, comparece la demandada MATERIALES DE PLOMERIA C.A (MAPLOCA), a través de su apoderado judicial ciudadano HUMBERTO J ANTOLINEZ V, inscrito en el inpreabogado bajo el número 102.268, con facultad expresa para celebrar transacciones. Finalmente, se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del mismo. CÚMPLASE. ASÍ SE ESTABLECE.