DISPOSITIVA
En razón de los precedentes considerandos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL CUADRAGÉSIMO (40º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales incoase la ciudadana WENDY NATHALI EOSTICOCHEA NOVOA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 19.452.916, en contra de la demandada la sociedad mercantil CORPORACION RA 2114, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 28 de agosto de 2009, bajo el No. 36, Tomo 196-A-Sgdo. y así, la condena al pago de la suma de CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 5.196,45), a favor de la accionante, así como al pago de los.....